A continuación podrás consultar el calendario fiscal 2023: Segundo Semestre para dar cumplimiento a las disposiciones fiscales, así como para poderse apegar a alguna facilidad administrativa, estímulo o beneficio, las personas contribuyentes deben presentar diversos avisos y obligaciones ante el SAT.
Calendario Fiscal 2023: Segundo Semestre
Calendario Fiscal 2023: Julio
Obligación/Aviso | ¿Quiénes lo presentan? | Plazo para su presentación | Fundamento legal |
Solicitud de autorización para disminuir pagos provisionales. | Las personas morales que estimen que el coeficiente de utilidad que deban aplicar a sus pagos provisionales es superior al coeficiente de utilidad del ejercicio que corresponda a dichos pagos. | El día 17 de julio, o días posteriores, de acuerdo al sexto dígito del contribuyente, en los casos que aplique. |
Artículos 18, 19, 37, 134 del CFF; 14 de la LISR y 14 del RISR, ficha de trámite 29/ISR del Anexo 1-A de la RMF para 2023. |
Aviso sobre los fideicomisos de inversión en energía e infraestructura. | Las fiduciarias de los fideicomisos de inversión en energía e infraestructura. | A más tardar el quince de julio de cada año. | Artículos 187 y 188 de la LISR; reglas 3.21.2.2. y 3.21.2.3. y ficha de trámite 106/ISR del Anexo 1-A de la RMF para 2023. |
Informe de donativos recibidos para la atención de desastres naturales. | Las organizaciones civiles y fideicomisos sin autorización para recibir donativos deducibles que hayan recibido donativos para labores de rescate o reconstrucción en casos de desastres | En el mes de julio de cada año, respecto del ejercicio inmediato anterior. | Artículo 23 de la LIF; regla 9.16. y ficha de trámite 9/LIF del Anexo 1-A de la RMF para 2023. |
naturales, por parte de donatarias autorizadas. | |||
Sexta declaración informativa de donativos para mitigar y combatir el virus SARS-CoV2. | Las donatarias autorizadas cuyo objeto social o fin autorizado, corresponda a la asistencia médica, rehabilitación, o bien, cuenten con la autorización para apoyar económicamente a otra organización civil o fideicomiso autorizado, que recibieron u otorgaron donativos para atender las contingencias ocasionadas con motivo de la pandemia derivada del virus SARS-CoV2, con independencia de que, a la fecha de presentación de la Declaración Informativa, su autorización ya no se encuentre vigente. |
Del 1 al 31 de julio 2023. | Artículo 82, fracción VI de la LISR; Regla 3.10.27. y ficha de trámite 146/ISR del Anexo 1-A de la RMF para 2023. |
Reporte trimestral sobre los pagos realizados a residentes en el extranjero por concepto de intereses a la tasa de retención del 4.9%. |
Residentes en el país que realicen pagos por concepto de intereses a residentes en el extranjero provenientes de títulos de crédito colocados en un país con el que México tenga celebrado un tratado para evitar la doble tributación. | Dentro de los quince primeros días del mes de Julio. |
Artículos 166 y 171 de la LISR; Regla 3.18.20. y ficha de trámite 66/ISR del Anexo 1-A de la RMF para 2023. |
Reporte trimestral de utilización de marbetes y/o precintos. | Personas físicas y morales que deban informar el uso de marbetes y/o precintos emisión 2013 y anteriores. | -Para la declaración de uso de marbetes y/o precintos adheridos a bebidas alcohólicas, durante los meses de abril, julio, octubre y enero. –Para la declaración de uso de marbetes y/o precintos adheridos a vinos de mesa, durante los meses de enero y julio de cada año. |
Artículo 19, fracción XV de la LIEPS; Reglas 5.2.1. y 5.2.24. y ficha de trámite 1/IEPS del Anexo 1-A de la RMF para 2023. |
Informe del reporte trimestral de los registros de cada uno de los dispositivos que se utilicen para llevar el control físico del volumen fabricado, producido o envasado. MULTI-IEPS Anexo 9 |
Fabricantes, productores o envasadores, que deban llevar un control físico de volumen fabricado, producido o envasado. |
Trimestral, en los meses de abril, julio, octubre y enero del año que corresponda. | Artículo 19, fracción X de la LIEPS; Regla 5.2.17. y ficha de trámite 18/IEPS del Anexo 1-A de la RMF para 2023. |
Reporte de inicio o término del proceso de producción, destilación o envasamiento. MULTI-IEPS Anexos 4 o 5 |
Fabricantes, productores o envasadores que deban informar el inicio o término del proceso de fabricación, producción y envasamiento, de alcohol, alcohol desnaturalizado, |
Trimestral, en los meses de abril, julio, octubre y enero del año que corresponda. | Artículo 19, fracciones XII y XVI de la LIEPS; Regla 5.2.19. y ficha de trámite 20/IEPS del Anexo 1-A de la RMF para 2023. |
mieles incristalizables y bebidas alcohólicas. | |||
Informe sobre el importe y volumen de compras y ventas. MULTI-IEPS Anexo 1 |
Personas físicas y morales que deban informar la relación de las personas a las que en el trimestre anterior al que se declara, les hubiera trasladado el impuesto especial sobre producción y servicios en forma expresa y por separado, así como la información sobre sus 50 principales clientes y proveedores del trimestre inmediato anterior. | Trimestral, en los meses de abril, julio, octubre y enero del año que corresponda. | Artículo 19, fracciones II, VIII y XIII de la LIEPS; Reglas 5.2.15., 5.2.21. y ficha de trámite 22/IEPS de Anexo 1-A de la RMF para 2023. |
Informe trimestral de litros producidos de bebidas con contenido alcohólico y cerveza de más de 20º GL. MULTI-IEPS Anexos 4 0 5 |
Productores de bebidas con contenido alcohólico y cerveza de más de 20º GL. | Trimestral, en los meses de abril, julio, octubre y enero del año que corresponda. | Artículo 19, fracción XVI de la LIEPS; Regla 5.2.26. y ficha de trámite 25/IEPS del Anexo 1-A de la RMF para 2023. |
Declaración del Pago del Derecho sobre Minería. | Titulares de concesiones o asignaciones para el pago del derecho sobre minería. | Semestral: Enero y Julio de cada año. | Artículos 263 y 264 de la LFD; Regla 2.8.5.2. y ficha de trámite 2/DERECHOS del Anexo 1-A de la RMF para 2023. |
Declaración del Pago del Derecho Adicional sobre Minería. |
Titulares de concesiones o asignaciones para el pago del derecho adicional sobre minería. | Semestral: Enero y Julio de cada año. | Artículo 269 de la LFD; Regla 2.8.5.2. y ficha de trámite 4/DERECHOS del Anexo 1-A de la RMF para 2023. |
Solicitud de Devolución de saldos a favor del IEPS, crédito diésel | Personas físicas que importen o adquieran diésel o biodiésel y sus mezclas para su consumo final en las | Trimestral, en los meses de abril, julio, octubre y enero | Artículos 17-D, 22, 22D, 37, 134, fracción I del CFF; 16 Apartado A fracción III de la LIF; Reglas 2.3.8. y 9.5. y |
o biodiésel y sus mezclas. | actividades agropecuarias o silvícolas, cuyos ingresos en el ejercicio inmediato anterior, no hayan excedido veinte veces el valor anual de la UMA vigente en el año 2022. Personas morales que importen o adquieran diésel o biodiésel y sus mezclas para su consumo final en las actividades agropecuarias o silvícolas, cuyos ingresos no excedan veinte veces el valor anual de la UMA vigente en el año 2022, por cada socio o asociado, sin exceder de doscientas veces el valor anual de la UMA vigente en el año 2022. |
del año que corresponda. | ficha de trámite 12/CFF del Anexo 1-A de la RMF para 2023. |
Solicitud de renovación de autorización para operar como proveedor de certificación de CFDI. |
Personas morales proveedores de certificación de CFDI que deseen obtener la renovación de su autorización por el ejercicio fiscal siguiente. | Contribuyentes que inicie su clave en el RFC con las letras de la F a la M. | Artículos 29 y 29-Bis del CFF; Reglas 2.1.37., 2.7.2.4., 2.7.2.6., 2.7.2.8. y 2.7.2.9. y la ficha de trámite 113/CFF del Anexo 1-A de la RMF para 2023. |
Solicitud de devolución de saldo a favor de la declaración anual de ISR personas físcas de manera automática. | Personas físicas que desen solicitar la devolución de su saldo a favor de manera automática por su declaración anual de ISR del ejercicio 2022. | A más tardar el 31 de julio de 2023. | Artículo 152 de la LISR; 22 del CFF y Regla 2.3.2. de la RMF para 2023. |
Calendario Fiscal 2023: Agosto
Obligación/Aviso | ¿Quiénes lo presentan? | Plazo para su presentación | Fundamento legal |
Solicitud de renovación de autorización para operar como proveedor de certificación de CFDI. |
Personas morales proveedores de certificación de CFDI que deseen obtener la renovación de su autorización por el ejercicio fiscal siguiente. | Contribuyentes que inicie su clave en el RFC con las letras de la N a la S. | Artículos 29 y 29-Bis del CFF; Reglas 2.1.37., 2.7.2.4., 2.7.2.6., 2.7.2.8. y 2.7.2.9. y la ficha de trámite 113/CFF del Anexo 1-A de la RMF para 2023. |
Solicitud de renovación de autorización para operar como proveedor de certificación y generación de CFDI para el sector primario. | Personas morales proveedores de certificación y generación de CFDI para el sector primario que deseen obtener la renovación de su autorización por el ejercicio fiscal siguiente. | En el mes de agosto del último año en el que tenga vigencia la autorización de conformidad con la regla 2.7.4.8. de la RMF. |
Artículos 29, fracción IV, 29-Bis y 141 del CFF; Reglas 2.7.4.2., 2.7.4.5., 2.7.4.8. y ficha de trámite 211/CFF del Anexo 1-A de la RMF para 2023. |
Declaración Informativa de Operaciones Relevantes. |
Contribuyentes obligados con la presentación de la información que establece el artículo 31-A del CFF. |
La declaración del mes de abril, mayo y junio el último día del mes de agosto. |
Artículo 31-A del CFF; 161 de la LISR; Regla 2.8.1.12. y ficha de trámte 230/CFF del Anexo 1-A de la RMF para 2023. |
Reporte Anexos 25 y 25-Bis de la RMF sin Cuentas Reportables (reporte en ceros). |
Instituciones Financieras de México Sujetas a Reportar y las Instituciones Financieras Sujetas a Reportar que no tengan operaciones que reportar en los términos de los Anexos 25 y 25-Bis de la RMF, respectivamente (reporte en ceros). |
A más tardar el treinta y uno de agosto de cada ejercicio fiscal. | Artículos 18, 19, 32-B, fracción V, 32-B Bis, 37 del CFF; 7, tercer párrafo, 55, fracciones I y IV, 56, 86, fracción I, 89, segundo párrafo; 136, último párrafo de la LISR; 92, 93 del RISR; Reglas 1.6., 2.1.7., 2.9.12., 3.5.8., Anexos 25 y 25Bis y ficha de trámite 238/CFF del Anexo 1-A de la RMF para 2023. |
Aviso relativo a Terceros | Las Instituciones Financieras de México | A más tardar el 31 de agosto de | Artículos 32-B, fracción V, 32-B Bis del |
Prestadores de Servicios conforme los Anexos 25 y 25Bis de la RMF. |
Sujetas a Reportar y las Instituciones Financieras Sujetas a Reportar que actúen como terceros prestadores de servicios conforme a lo dispuesto en los Anexos 25 y 25-Bis de la RMF. | cada ejercicio fiscal. | CFF; 7, tercer párrafo; 55, fracciones I, IV; 56; 86, fracción I; 89, segundo párrafo; 136, último párrafo, 192, fracción VI de la LISR; 92, 93 del RISR; Reglas 2.9.12., 3.5.8. y Anexos 25, 25-Bis y ficha de trámte 255/CFF del Anexo 1-A de la RMF para 2023. |
Solicitud de autorización para aplicar el Régimen Opcional para Grupos de Sociedades. |
Personas morales con carácter de sociedades integradoras. |
A más tardar el quince de agosto del año inmediato anterior a aquél por el que se pretenda ejercer el Régimen Opcional para Grupos de Sociedades. |
Artículos: 17-D, 18, 18-A, 37, primer párrafo del CFF; 59, 63, 70, primer párrafo, fracciones IV, segundo párrafo y V, inciso c) de la LISR; Reglas 3.6.1. y 3.6.6. y ficha 13/ISR del Anexo 1-A de la RMF para 2023. |
Entregar contabilidad en medios electrónicos de manera trimestral. | Contribuyentes emisores de valores que coticen en las bolsas de valores concesionadas en los términos de la Ley del Mercado de Valores o en las bolsas de valores ubicadas en los mercados reconocidos, a que se refiere el artículo 16-C, fracción II del CFF y 104, fracción II de la Ley de Mercado de Valores. |
La información relacionada a los meses de abril, mayo y junio a más tardar el 03 de agosto. | Artículos 16-C y 28 del CFF; artículo 104 de la Ley del Mercado de Valores y Reglas 2.8.1.4., 2.8.1.5. y 2.8.1.6., de la RMF para 2023. |
Calendario Fiscal 2023: Septiembre
Obligación/Aviso | ¿Quiénes lo presentan? | Plazo para su presentación | Fundamento legal | |
Solicitud de renovación de autorización para operar como proveedor de certificación de CFDI. |
Personas morales proveedores de certificación de CFDI que deseen obtener la renovación de su autorización por el ejercicio fiscal siguiente. | Contribuyentes que inicie su clave en el RFC con las letras de la T a la Z. | Artículos 29 y 29-Bis del CFF; Reglas 2.1.37., 2.7.2.4., 2.7.2.6., 2.7.2.8. y 2.7.2.9. y la ficha de trámite 113/CFF del Anexo 1-A de la RMF para 2023. |
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Aviso para presentar el informe de la certificación de los terceros autorizados. | Personas morales autorizadas para operar como órgano certificador. | Durante el mes de septiembre de cada año. | Artículo 32-I del CFF; Reglas 2.18.5., 2.20.7. y 2.20.8. y ficha de trámite 267/CFF del Anexo 1-A de la RMF para 2023. |
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Avisos de controles volumétricos. | Personas físicas y morales obligadas a llevar controles volumétricos. | -Tratándose del certificado de la correcta operación y funcionamiento de los equipos y programas informáticos para llevar controles volumétricos, anualmente a más tardar el 30 de septiembre-Tratándose del dictamen que determine el tipo de hidrocarburo o petrolífero, de que se trate, el poder calorífico del gas natural |
Artículos 17-D y 28, fracción I, apartado B del CFF; Regla 2.6.1.4., fracción IV y ficha de trámite 283/CFF contenida en el Anexo 1-A de la RMF para 2023. |
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y el octanaje en el caso de gasolina: De manera trimestral a más tardar el último día de los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre. |
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Aviso de certificación de los terceros autorizados. | Los certificadores autorizados. |
órganos | Cada año, en el mes de septiembre. | Artículo 32-I del CFF; Regla 2.18.5. y ficha de trámite 286/CFF del Anexo 1-A de la RMF para 2023. |
Calendario Fiscal 2023: Octubre
Obligación/Aviso | ¿Quiénes lo presentan? | Plazo para su presentación | Fundamento legal |
Contar con buzón tributario activo y con los medios de contacto actualizados. | Las personas físicas que tributen en el RESICO, para continuar tributando en dicho régimen fiscal. |
A más tardar el 02 de octubre de 2023. | Artículo 113-G, fracción II de la LISR, 17-K del CFF, Regla 2.2.7. y Artículo Vigésimo Sexto Transitorio de la RMF para 2023, modificado en la Quinta RMRMF 2023. |
Contar con e.firma | Las personas físicas que tributen en el RESICO, para continuar tributando en dicho régimen fiscal. |
A más tardar el 02 de octubre de 2023. | Artículo 113-G fracción II de la LISR, 17-D del CFF y Artículo Vigésimo Séptimo Transitorio de la RMF para 2023, modificado en la Quinta RMRMF 2023. |
Presentar declaración anual del ejercicio fiscal 2022. | Las personas físicas que tributen en el RESICO, para continuar tributando en dicho régimen fiscal. |
A más tardar el 02 de octubre de 2023. | Artículo 113-E tercer parrafo, 113-I primer párrafo de la LISR; Regla 3.13.34. y Artículo Segundo Transitorio de la Quinta Resolución de Modificaciones a la RMF para 2023. |
Solicitud de Devolución de saldos a favor del IEPS, crédito diésel o biodiésel y sus mezclas. | Personas físicas que importen o adquieran diésel o biodiésel y sus mezclas para su consumo final en las actividades agropecuarias o silvícolas, cuyos ingresos en el ejercicio inmediato anterior, no hayan excedido veinte veces el valor anual de la UMA vigente en el año 2022. Personas morales que importen o adquieran diésel o biodiésel y sus mezclas para su consumo final en las actividades agropecuarias o silvícolas, cuyos ingresos no excedan veinte veces el valor anual de la UMA vigente en el año 2022, por cada socio o asociado, sin exceder de doscientas veces el valor anual de la UMA vigente en el año 2022. |
Trimestral, en los meses de abril, julio, octubre y enero del año que corresponda. | Artículos 17-D, 22, 22-D, 37, 134, fracción I del CFF; 16 Apartado A fracción III de la LIF; Reglas 2.3.8. y 9.5. y ficha de trámite 12/CFF del Anexo 1-A de la RMF para 2023. |
Aviso de renovación de la autorización y exhibición de la garantía para continuar operando como órgano certificador. | Los órganos certificadores autorizados. | Cada año, en el mes de octubre. | Artículos 18, 18-A y 32-I del CFF; Reglas 2.20.1., 2.18.2. y 2.18.5. y ficha de trámite 264/CFF del Anexo 1-A de la RMF para 2023. |
Reportes estadísticos de los órganos certificadores. |
Las personas morales autorizadas para operar como órgano certificador. |
Dentro de los primeros quince días del mes de octubre de cada año. | Artículo 32-I del CFF; Regla 2.18.5. y ficha de trámite 270/CFF del Anexo 1-A de la RMF para 2023. |
Aviso de renovación de la autorización y exhibición de la garantía para operar como emisor de monederos electrónicos utilizados en la adquisición de combustibles para vehículos marítimos, aéreos y terrestres. |
Los emisores autorizados de monederos electrónicos utilizados en la adquisición de combustibles para vehículos marítimos, aéreos y terrestres. |
Cada año, en el mes de octubre. | Artículos 27, fracción III de la LISR; 18, 18-A del CFF; Reglas 3.3.1.8. y 3.3.1.9 y ficha de trámite 7/ISR del Anexo 1-A de la RMF para 2023. |
Aviso de renovación de la autorización y exhibición de la garantía para operar como emisor de monederos electrónicos de vales de despensa. | Los emisores autorizados de monederos electrónicos de vales de despensa. |
Cada año, en el mes de octubre. | Artículos 27, fracción XI de la LISR; 18, 18-A del CFF; Reglas 3.3.1.17. y 3.3.1.18. y ficha de trámite 11/ISR del Anexo 1-A de la RMF para 2023. |
Reporte trimestral sobre los pagos realizados a residentes en el extranjero por concepto de intereses a la tasa de retención del 4.9%. |
Residentes en el país que realicen pagos por concepto de intereses a residentes en el extranjero provenientes de títulos de crédito colocados en un país con el que México tenga celebrado un tratado para evitar la doble tributación. | Dentro de los quince primeros días del mes de Julio. |
Artículos 166 y 171 de la LISR; Regla 3.18.20. y ficha de trámite 66/ISR del Anexo 1-A de la RMF para 2023. |
Reporte trimestral de utilización de marbetes y/o precintos. | Personas físicas y morales que deban informar el uso de marbetes y/o precintos emisión 2013 y anteriores. | -Para la declaración de uso de marbetes y/o precintos adheridos a bebidas alcohólicas, durante los meses de abril, julio, octubre y enero. |
Artículo 19, fracción XV de la LIEPS; Reglas 5.2.1. y 5.2.24. y ficha de trámite 1/IEPS del Anexo 1-A de la RMF para 2023. |
–Para la declaración de uso de marbetes y/o precintos adheridos a vinos de mesa, durante los meses de enero y julio de cada año. |
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Informe del reporte trimestral de los registros de cada uno de los dispositivos que se utilicen para llevar el control físico del volumen fabricado, producido o envasado. MULTI-IEPS Anexo 9 |
Fabricantes, productores o envasadores, que deban llevar un control físico de volumen fabricado, producido o envasado. |
Trimestral, en los meses de abril, julio, octubre y enero del año que corresponda. | Artículo 19, fracción X de la LIEPS; Regla 5.2.17. y ficha de trámite 18/IEPS del Anexo 1-A de la RMF para 2023. |
Reporte de inicio o término del proceso de producción, destilación o envasamiento. MULTI-IEPS Anexos 4 o 5 |
Fabricantes, productores o envasadores que deban informar el inicio o término del proceso de fabricación, producción y envasamiento, de alcohol, alcohol desnaturalizado, mieles incristalizables y bebidas alcohólicas. |
Trimestral, en los meses de abril, julio, octubre y enero del año que corresponda. | Artículo 19, fracciones XII y XVI de la LIEPS; Regla 5.2.19. y ficha de trámite 20/IEPS del Anexo 1-A de la RMF para 2023. |
Informe sobre el importe y volumen de compras y ventas. MULTI-IEPS Anexo 1 |
Personas físicas y morales que deban informar la relación de las personas a las que en el trimestre anterior al que se declara, les hubiera trasladado el impuesto especial sobre producción y | Trimestral, en los meses de abril, julio, octubre y enero del año que corresponda. | Artículo 19, fracciones II, VIII y XIII de la LIEPS; Reglas 5.2.15., 5.2.21. y ficha de trámite 22/IEPS del Anexo 1-A de la RMF para 2023. |
servicios en forma expresa y por separado, así como la información sobre sus 50 principales clientes y proveedores del trimestre inmediato anterior. | |||
Informe trimestral de litros producidos de bebidas con contenido alcohólico y cerveza de más de 20º GL. MULTI-IEPS Anexos 4 0 5 |
Productores de bebidas con contenido alcohólico y cerveza de más de 20º GL. | Trimestral, en los meses de abril, julio, octubre y enero del año que corresponda. | Artículo 19, fracción XVI de la LIEPS; Regla 5.2.26. y ficha de trámite 25/IEPS del Anexo 1-A de la RMF para 2023. |
Aviso de renovación de la autorización y exhibición de la garantía para operar como Proveedor de Servicio Autorizado (PSA) para juegos con apuestas y sorteos. |
Los Proveedores de Servicio Autorizado (PSA). |
Cada año, en el mes de octubre. | Artículos 18, 18-A del CFF; 20, fracción II de la LIEPS; Reglas 5.2.36. y 5.2.37. y ficha de trámite 31/IEPS del Anexo 1-A de la RMF para 2023. |
Calendario Fiscal 2023: Noviembre
Obligación/Aviso | ¿Quiénes lo presentan? | Plazo para su presentación | Fundamento legal |
Declaración Informativa de Operaciones Relevantes. |
Contribuyentes obligados con la presentación de la información que establece el artículo 31-A del CFF. |
La declaración del mes de julio, agosto y septiembre el último día del mes de noviembre. |
Artículo 31-A del CFF; 161 de la LISR; Regla 2.8.1.12. y ficha de trámte 230/CFF del Anexo 1-A de la RMF para 2023. |
Entrega de información que deben proporcionar las entidades participantes del | Las entidades participantes del Sorteo “El Buen Fin”. |
A más tardar el 30 de noviembre de 2022. |
Artículo 33-B del CFF; Primero y Segundo del DECRETO DOF 21/10/2022; Regla 11.4.6 y ficha de trámite 4/DEC-5 |
Sorteo “El Buen Fin”. |
del Anexo 1-A de la RMF para 2023. | ||
Entregar contabilidad en medios electrónicos de manera trimestral. | Contribuyentes emisores de valores que coticen en las bolsas de valores concesionadas en los términos de la Ley del Mercado de Valores o en las bolsas de valores ubicadas en los mercados reconocidos, a que se refiere el artículo 16-C, fracción II del CFF y 104, fracción II de la Ley de Mercado de Valores. |
La información relacionada a los meses de julio, agosto y septiembre a más tardar el 03 de noviembre. | Artículos 16-C y 28 del CFF; artículo 104 de la Ley del Mercado de Valores y Reglas 2.8.1.4., 2.8.1.5. y 2.8.1.6. de la RMF para 2023. |
Calendario Fiscal 2023: Diciembre
Obligación/Aviso | ¿Quiénes lo presentan? | Plazo para su presentación | Fundamento legal |
Declaración Anual Informativa Maestra de partes relacionadas del grupo empresarial multinacional. |
Personas morales que celebren operaciones con partes relacionadas y que se ubiquen en cualquiera de los siguientes supuestos: Quienes estén obligados a dictaminar sus estados financieros por contador público inscrito.Quienes tributen en términos del Título II de la Leydel ISR, que en el último ejercicio fiscal inmediato |
Anualmente, a más tardar el treinta y uno de diciembre del año inmediato posterior al ejercicio fiscal de que se trate. |
Artículos 32-A, 32-H, fracciones I, II, III, IV y VI del CFF; 76-A, fracción I de la LISR; Segundo, fracción III de las Disposiciones Transitorias de la LISR 2016; Reglas 3.9.8., 3.9.9., 3.9.10., 3.9.11. y 3.9.12 y ficha de trámite 131/ISR del Anexo 1-A de la RMF para 2023. |
anterior declarado hayan consignado en sus declaraciones normales ingresos acumulables para efectos del ISR iguales o superiores al monto establecido en el artículo 32-H, primer párrafo, fracción I, primer párrafo del CFF, así como aquéllos que al cierre del ejercicio fiscal inmediato anterior tengan acciones colocadas entre el gran público inversionista, en bolsa de valores. Las sociedades mercantiles quepertenezcan al régimen fiscal opcional para grupos de sociedades. Las entidades paraestatales de la administración pública federal.Los residentes en el extranjero que tengan establecimiento permanente en el relacionadas |
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de los sujetos que están obligados a dictaminar sus estados financieros por contador público inscrito. |
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Declaración Anual Informativa país por país del grupo empresarial multinacional. | Personas morales que celebren operaciones con partes relacionadas, cuando sean consideradas como controladoras multinacionales o hayan sido designadas por la controladora del grupo multinacional residente en el extranjero en términos del artículo 76-A, primer párrafo, fracción III, segundo párrafo, incisos a) y b) de la Ley del ISR que además se ubiquen en cualquiera de los siguientes supuestos: Quienes estén obligados a dictaminar susestados financieros por contador público inscrito. Quienes tributen en términos del Título II de la Ley del ISR, que en el último ejercicio fiscal inmediatoanterior declarado hayan consignado en sus declaraciones |
Anualmente, a más tardar el treinta y uno de diciembre del año inmediato posterior al ejercicio fiscal de que se trate. |
Artículos 32-A, 32-H, fracciones I, II, III, IV y VI del CFF; 76-A, fracción III de la LISR; Artículo Segundo, fracción III de las Disposiciones Transitorias de la LISR 2016; Reglas 3.9.8., 3.9.9., 3.9.10., 3.9.11., 3.9.14. y ficha de trámite 133/ISR del Anexo 1-A de la RMF para 2023. |
normales ingresos acumulables para efectos del ISR iguales o superiores al monto establecido en el artículo 32-H, primer párrafo, fracción I, primer párrafo del CFF, así como aquéllos que al cierre del ejercicio fiscal inmediato anterior tengan acciones colocadas entre el gran público inversionista, en bolsa de valores. Las sociedades mercantiles quepertenezcan al régimen fiscal opcional para grupos de sociedades. Las entidades paraestatales de la administración pública federal.Los residentes en el extranjero que tengan establecimiento permanente en el país, únicamente por las actividades que desarrollen en relacionadas de los sujetos que están obligados a |
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Informe para garantizar la transparencia del patrimonio, así como el uso y destino de los donativos recibidos y actividades destinadas a influir en la legislación, de ejercicios fiscales anteriores a 2020. |
Organizaciones civiles y fideicomisos autorizados que omitieron la presentación de algún informe de transparencia de los ejercicios fiscales por los que se encontraban autorizadas para recibir donativos deducibles del ISR. |
A partir del 01 de mayo y hasta el 31 de diciembre. | Artículo 82 de la LISR; 36, 134 del RISR; Reglas 2.5.10., 2.5.13., 3.10.2., 3.10.9., 3.10.10., 3.10.12., 3.10.17., 3.10.18., 3.10.22 y ficha de trámite 156/ISR del Anexo 1-A de la RMF para 2023. |
Avisos de controles volumétricos. | Personas físicas y morales obligadas a llevar controles volumétricos. | -Tratándose del dictamen que determine el tipo de hidrocarburo o petrolífero, de que se trate, el poder calorífico del gas natural y el octanaje en el caso de gasolina: De manera trimestral a más tardar el último día de los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre. |
Artículos 17-D y 28, fracción I, apartado B del CFF; Regla 2.6.1.4., fracción IV y ficha de trámite 283/CFF contenida en el Anexo 1A de la RMF para 2023. |
Aviso de las obras de arte recibidas en donación o entregadas a museos para su exhibición y conservación. |
Museos propiedad de personas morales autorizadas para recibir donativos deducibles, o que pertenezcan a la Federación, una Entidad Federativa, Municipio u |
De mayo a diciembre de cada año. | Artículos Tercero y Décimo Segundo del Decreto que otorga facilidades para el pago de los impuestos sobre la renta y al valor agregado y condona parcialmente el primero de ellos, que causen las personas dedicadas a las artes |
Organismo Descentralizado. |
plásticas, con obras de su producción, y que facilita el pago de los impuestos por la enajenación de obras artísticas y antigüedades propiedad de particulares, publicado en el DOF el 31 de octubre de 1994 y modificado el 28 de noviembre de 2006 y 5 de noviembre de 2007; 7C de la LSAT; Anexo 14 y ficha de trámite 2/DEC-2 del Anexo 1-A de la RMF para 2023. |
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